Acompañamos a la empresa en las tres etapas donde más se juega: cuando ordena su gobierno y previene el conflicto, cuando protege su responsabilidad penal, y cuando afronta el relevo generacional. Un mismo equipo, con el perfil litigante del despacho detrás de cada consejo.
No son compartimentos estancos: se alimentan entre sí. El pacto de socios y el protocolo familiar previenen los conflictos que, si estallan, se litigan en la pata societaria. El compliance protege a los administradores cuya responsabilidad se reclama. Y la empresa familiar conecta con la especialidad del despacho en sucesiones. Un mismo cliente puede recorrer las tres a lo largo de su relación con nosotros.
El terreno del litigio mercantil y la contratación. Aquí aprovechamos el perfil litigante del despacho, en los asuntos de mayor cuantía.
Ataque o defensa de acuerdos de junta o consejo contrarios a la ley, a los estatutos o al interés social, incluido el abuso de la mayoría.
EntregamosDemanda o contestación de impugnación, con la estrategia procesal y, en su caso, la medida cautelar de suspensión del acuerdo.
Gestión de la disputa entre quienes comparten una sociedad: bloqueo, ejercicio de derechos de minoría y uso desleal de la condición de socio.
EntregamosEstrategia de conflicto, ejercicio del derecho de información y las acciones de separación o exclusión de socios que procedan.
Reclamación frente al administrador por los daños causados a la sociedad, a los socios o a terceros, y por las deudas sociales cuando no promovió la disolución debiendo hacerlo.
EntregamosLa acción que corresponda: social, individual o la reclamación de deudas del art. 367 LSC contra el patrimonio personal del administrador.
Defensa del administrador demandado o investigado, apoyada en la regla de la discrecionalidad empresarial y en la documentación del proceso de decisión.
EntregamosEstrategia de defensa civil y, cuando haya vertiente penal, coordinación con la defensa penal de la empresa.
Redacción, negociación y revisión de los contratos entre empresas, a medida del cliente.
EntregamosContratos de compraventa, distribución, agencia, suministro o servicios; condiciones generales y acuerdos de confidencialidad.
Diseño del acuerdo que ordena las relaciones entre los socios y previene el conflicto futuro.
EntregamosPacto de socios con reglas de gobierno, transmisión de participaciones, mayorías, salida y resolución de conflictos, con su blindaje.
Resolución del conflicto societario antes o al margen del pleito, por vía negociada, por rapidez, coste o para preservar la relación.
EntregamosEstrategia de negociación, acuerdos transaccionales y su formalización con eficacia jurídica.
Prevención de la responsabilidad penal de la empresa y de sus administradores, y defensa cuando el modelo se pone a prueba. Se calibra por sector; la estructura que exige es asumible.
Diseño e implantación del sistema que permite a la empresa quedar exenta o atenuar su responsabilidad penal (art. 31 bis CP).
EntregamosEl modelo completo: mapa de riesgos, protocolos de las áreas sensibles, régimen disciplinario y sistema de verificación periódica.
Identificación de los delitos que de verdad amenazan a esa empresa concreta y de las actividades donde pueden cometerse.
EntregamosInforme de riesgos penales calibrado al sector y a la operativa real de la empresa.
Las reglas de conducta que asume la organización y los protocolos de las áreas de riesgo (pagos, regalos, intermediarios, relación con lo público).
EntregamosCódigo ético o de conducta y los protocolos específicos, con las conductas prohibidas que firman los empleados de zonas de riesgo.
Implantación del sistema interno de información obligatorio para empresas de 50 o más trabajadores (y de cierto volumen).
EntregamosEl canal con todos sus requisitos: confidencialidad, denuncia anónima, acuse en plazo y procedimiento de gestión de la denuncia.
Formación sobre el modelo y las conductas de riesgo, con constancia de que se ha recibido.
EntregamosSesiones formativas a medida del sector y registro documental de asistencia, parte de la eficacia del modelo.
Asunción o apoyo externo de la función de supervisión del modelo, y su revisión y actualización periódica.
EntregamosEjercicio de la función de cumplimiento externa o de apoyo al responsable interno, con revisión anual del modelo.
Defensa jurídica cuando se abre una investigación o un procedimiento penal contra la empresa o sus directivos.
EntregamosEstrategia de defensa, preservación de evidencias y acreditación del modelo que existía y se aplicaba antes del hecho.
El punto donde se cruzan las sucesiones y el societario. Ordena la relación entre familia, propiedad y empresa para que el negocio sobreviva al relevo generacional.
El pacto marco que ordena las relaciones entre familia, propiedad y empresa, y previene el conflicto familiar que suele acabar con la empresa.
EntregamosEl protocolo redactado a medida y blindado (traslado a estatutos de lo posible, cláusulas penales, prestación accesoria) y, si se desea, su publicidad registral.
Separación y diseño del gobierno de la empresa (consejo profesionalizado, consejeros independientes) y del gobierno de la familia (consejo de familia, asamblea familiar).
EntregamosLa estructura de órganos con sus reglas de composición, competencias y funcionamiento, en estatutos y en el protocolo.
Cauce de voz e información para los socios de la familia que no forman parte del consejo de administración: el conflicto más común.
EntregamosComité consultivo estatutario y/o consejo de familia con derecho de información reglado, que da voz sin dar el mando operativo.
Previsión, dentro del protocolo y los estatutos, de qué se hace cuando el conflicto familiar estalla, sin que paralice o destruya la empresa.
EntregamosCláusulas de mediación, arbitraje societario y desbloqueo (compra/venta forzosa, salida pactada), y el litigio si es inevitable.
Reglas estables de reparto que separan la retribución del capital (dividendo) de la retribución del trabajo (salario).
EntregamosPolítica de dividendos pactada, reglas para socios trabajadores y prevención del derecho de separación por no reparto (art. 348 bis LSC).
Ordenación jurídica del traspaso del control y la propiedad a la siguiente generación, planificada en vida.
EntregamosLos instrumentos civiles que procedan: pacto sucesorio catalán, testamento, donación de participaciones con reserva de control o usufructo.
Diseñamos el gobierno, los pactos y los instrumentos civiles de la empresa familiar. La optimización fiscal de la transmisión (reducción del 95% en Sucesiones y Donaciones, exención en Patrimonio, estructuras de holding) se coordina y valida con un asesor fiscal especializado, donde el error es catastrófico e irreversible.
Prevenir y litigar no son mundos separados. El pacto de socios y el protocolo familiar previenen los conflictos que, si estallan, se litigan en la pata societaria. El compliance protege a los administradores cuya responsabilidad se reclama en esa misma vía. Y la empresa familiar conecta con el nicho de sucesiones que es especialidad del despacho.
Es lo que convierte un encargo puntual en una relación duradera: un mismo cliente puede recorrer las tres patas a lo largo de su vida empresarial, siempre con el mismo equipo detrás.